Legislación › Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial».
Artículo tercero.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de mayo de 1975 y la del 9 de diciembre de 2001.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo tercero.
La estructura general básica del Registro de la Propiedad Industrial estará constituida por los siguientes órganos:
Uno. 1. El Consejo de Dirección. Presidente del Organismo.
Dos. 2. El Director del Organismo.
Tres. 3. La Secretaría General.
Cuatro. 4. Los Departamentos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de diciembre de 2001 En vigor | BOE-A-2001-23093 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 1975 | Texto original | Leer |


