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Legislación › Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial».

Artículo tercero.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de mayo de 1975 y la del 9 de diciembre de 2001. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo tercero.
La estructura general básica del Registro de la Propiedad Industrial estará constituida por los siguientes órganos:
Uno. 1. El Consejo de Dirección. Presidente del Organismo.
Dos. 2. El Director del Organismo.
Tres. 3. La Secretaría General.
Cuatro. 4. Los Departamentos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de diciembre de 2001 En vigor BOE-A-2001-23093 Leer Qué cambió
6 de mayo de 1975 Texto original Leer

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