Legislación › Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Artículo noventa y uno.
Artículo noventa y uno.
Uno. Los Ayuntamientos que tuvieren reconocido un perímetro de influencia para el planeamiento urbanístico podrán extender su Patrimonio de suelo a los términos municipales que comprenda.
Dos. (Derogado)
Se declara inconstitucional y derogado por la Constitución el apartado 2 por Sentencia del TC 159/2001, de 5 de julio. BOE-T-2001-14544.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de julio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-14544 | Leer | Qué cambió |
| 6 de julio de 1976 | Texto original | Leer |


