Legislación › Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Artículo noventa y uno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de julio de 1976 y la del 26 de julio de 2001.
Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo noventa y uno.
Uno. Los Ayuntamientos que tuvieren reconocido un perímetro de influencia para el planeamiento urbanístico podrán extender su Patrimonio de suelo a los términos municipales que comprenda.
Dos. Para aplicar la expropiación forzosa a territorio ajeno al propio término municipal se precisará autorización del Ministerio de la Gobernación, previo informe del de la Vivienda. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de julio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-14544 | Leer | Qué cambió |
| 6 de julio de 1976 | Texto original | Leer |


