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Legislación › Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca.

Artículo trigésimo cuarto.

Artículo trigésimo cuarto.

La propuesta para miembro de número deberá ser firmada por tres Académicos también de número. Acompañará a la propuesta una relación detallada de los méritos de cada candidato.

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