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Legislación › Orden de 2 de mayo de 1977 por la que se modifica la Ordenanza Laboral para la actividad de Profesionales de la Música.

Artículo 47. Aumentos por trabajo en horarios intempestivos.

Artículo 47. Aumentos por trabajo en horarios intempestivos.

En impresiones y grabaciones de todas clases, cuando el personal contratado con carácter eventual actuará a partir de las veinticuatro horas, se recargarán las tarifas aplicables en un 50 por ciento.

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