Legislación › Real Decreto 1167/1977, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Delineantes de Obras Públicas.
Artículo 15.
Artículo 15.
Los funcionarios en prácticas deberán seguir con resultados satisfactorios un curso selectivo y un período de prácticas, si así se hubiese determinado en la convocatoria.


