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Legislación › Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona.

Artículo 13.

Artículo 13.

El Secretario es el Jefe inmediato de todos los funcionarios de la Academia y el ejecutor de los acuerdos de la misma. Dirigirá los servicios de la Corporación y tendrá bajo su inmediata custodia los libros y documentos de Secretaría y Archivo. Tendrá la colaboración y será sustituido en sus funciones por el Vicesecretario. Formará parte de las Comisiones de Gobierno Interior y de Protocolo y Relaciones Públicas y de la de Admisiones de la cual será su Presidente nato.

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