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Legislación › Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona.

Artículo 33.

Artículo 33.

La Academia establecerá y sostendrá relaciones culturales con corporaciones de España y del extranjero, bien directamente o por medio de sus Académicos correspondientes en las respectivas naciones o localidades.

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