Legislación › Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona.
Artículo 33.
Artículo 33.
La Academia establecerá y sostendrá relaciones culturales con corporaciones de España y del extranjero, bien directamente o por medio de sus Académicos correspondientes en las respectivas naciones o localidades.


