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Legislación › Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

Art. 78.

Art. 78.

Tendrán derecho a emitir personalmente o por correo su voto para cargos directivos de los Colegios todos los colegiados que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar al correinte en el cumplimiento de todas sus obligaciones colegiales.

b) No estar suspenso para el ejercicio de la profesión.

c) No hallarse cumpliendo sanción impuesta por expediente disciplinario.

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