Legislación › Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
Art. 78.
Art. 78.
Tendrán derecho a emitir personalmente o por correo su voto para cargos directivos de los Colegios todos los colegiados que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar al correinte en el cumplimiento de todas sus obligaciones colegiales.
b) No estar suspenso para el ejercicio de la profesión.
c) No hallarse cumpliendo sanción impuesta por expediente disciplinario.


