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Legislación › Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.

CAPITULO PRIMERO

CAPITULO I

De las funciones de la Oficina de Interpretación de Lenguas.

Se modifica por el art. único del Real Decreto 752/1992, de 27 de junio. BOE-A-1992-17184

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 1992 En vigor BOE-A-1992-17184 Leer Qué cambió
9 de octubre de 1977 Texto original Leer

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