Legislación › Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía.
Artículo doce.
Artículo doce.
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Legislación › Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía.
Artículo doce.
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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