Legislación › Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.
Artículo treinta y cinco.
Artículo treinta y cinco.
Uno. (Derogado)
Dos. La aplicación de las dotaciones del factor de agotamiento será objeto de una Memoria anual que presentará la Empresa interesada como anexo a su plan de labores, en forma que permita el debido control de su ejecución y costo.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre. BOE-A-1995-27752
Redactado el apartado d) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 1977. BOE-A-1977-3761
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1995-27752 | Leer | Qué cambió |
| 9 de enero de 1977 | Texto original | Leer |
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