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Legislación › Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.

Artículo treinta y cinco.

Artículo treinta y cinco.

Uno. (Derogado)

Dos. La aplicación de las dotaciones del factor de agotamiento será objeto de una Memoria anual que presentará la Empresa interesada como anexo a su plan de labores, en forma que permita el debido control de su ejecución y costo.

Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre. BOE-A-1995-27752

Redactado el apartado d) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 1977. BOE-A-1977-3761

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1995-27752 Leer Qué cambió
9 de enero de 1977 Texto original Leer

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