Legislación › Real Decreto 1831/1978, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Organismo autónomo «Escuela de Organización Industrial».
Artículo 1.
Artículo 1.
1. La Escuela de Organización Industrial se configura como Organismo Autónomo de la Administración del Estado, de carácter administrativo, adscrito al Ministerio de Industria y Energía a través de la Subsecretaría del Departamento, y tendrá a su cargo, en régimen de descentralización, las funciones y actividades establecidas en la presente disposición.
2. La Escuela es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia y con autonomía económica y administrativa para la realización de sus fines, así como para la gestión de su patrimonio, y estará exenta de toda clase de impuestos, tasas, contribuciones o gravámenes del Estado y Corporaciones Locales, siempre que sea sujeto pasivo de la imposición.
3. La organización y funcionamiento de la Escuela de Organización Industrial se ajustará a lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Entidades Estatales Autónomas, en la Ley General Presupuestaria y a los preceptos contenidos en la presente disposición.


