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Legislación › Real Decreto 1856/1978, de 29 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Organización Colegial de A. T. S.

Artículo 45.

Artículo 45.

Los Estatutos de las Asociaciones Profesionales de Especialistas de Ayudantes Técnicos Sanitarios que se constituyan, de acuerdo con la Ley de Asociaciones, no serán reconocidos por los Colegios cuando ejerzan funciones propias de la competencia de estos.

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