Legislación › Real Decreto 1876/1978, de 8 de julio, por el que se establece el régimen de prestación de los Servicios de Comunicaciones Marítimas de Interés Nacional.
Artículo segundo.
Artículo segundo.
Se aprueban las bases que figuran en el anexo al presente Real Decreto, a las que ha de ajustarse, en todo caso, el contrato a que se hace referencia en el artículo anterior.


