Legislación › Orden de 31 de enero de 1978 por la que se reglamentan los vinos aromatizados y el biter-soda.
Primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de febrero de 1978 y la del 30 de marzo de 1984.
Tachado: lo que se quitó (58 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Primera.
Con objeto de adaptar el régimen actual de elaboración y comercialización de los vinos aromatizados y del bíter-soda a cuanto establece la presente disposición, la Dirección General de Industrias Agrarias dictará, a petición de las empresas interesadas, las normas convenientes, a fin de que dicha adaptación pueda efectuarse y quede finalizada antes del 31 de diciembre de 1979. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 1984 En vigor | BOE-A-1984-7556 | Leer | Qué cambió |
| 24 de febrero de 1978 | Texto original | Leer |


