Legislación › Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.
Artículo 18.
Artículo 18.
1. Será de aplicación a la zona próxima de seguridad lo establecido en el artículo 12.
2. Tratándose de instalaciones radioeléctricas, las autorizaciones a que dicho artículo se refiere sólo se podrán conceder cuando, además, sean compatibles con las limitaciones establecidas en el artículo 20.


