Legislación › Orden de 19 de junio de 1979 por la que se establecen normas para la obra benéfico-social de las Cajas de Ahorros.
Artículo 2.º
Artículo 2.º
Tienen la consideración de obras benéfico-sociales propias aquellas en que la inversión, sostenimiento anual y administración sean a cargo de la Caja de Ahorros exclusivamente.


