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Legislación › Real Decreto 2207/1979, de 13 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Ópticos.

Artículo 27.

Artículo 27.

Las convocatorias para las reuniones de la Junta de Gobierno se harán por escrito firmado por el Secretario, por orden del Decano, con quince días de anticipación, por lo menos, e irán acompañadas del orden del día correspondiente.

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