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Legislación › Ley 32/1979, de 8 de noviembre, sobre el ferrocarril metropolitano de Madrid.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Hasta tanto no se tome posesión por el Ayuntamiento y la Diputación Provincial de Madrid de las acciones de la Compañía expropiada, la gestión y explotación del servicio se llevará a cabo por el Consejo de Intervención creado por Real Decreto-ley trece/mil novecientos setenta y ocho, de siete de junio.

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