Legislación › Real Decreto 2878/1979, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona.
Artículo 18.
Artículo 18.
El Tesorero es el encargado de custodiar bajo su responsabilidad los fondos de la Academia, que recibirá y entregará bajo inventario ante el Interventor y el Secretario, y como Habilitado de la Corporación cobrará las asignaciones de toda índole y efectuará los pagos.


