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Legislación › Real Decreto 2878/1979, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona.

Artículo 26.

Artículo 26.

Los meses de julio, agosto y septiembre se consideraran de vacaciones.

Sin embargo, la Junta de Gobierno no cesará en su actividad hasta que haya dejado evacuados todos los asuntos pendientes; pero designará de su seno una comisión de vacaciones, compuesta por tres miembros que podrán renovarse, encargada del gobierno de la Academia hasta primeros de octubre.

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