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Legislación › Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes.

Artículo 19.

Artículo 19.

El gobierno de los Colegios Profesionales de Delineantes estará a cargo de la Asamblea General, Organo supremo de los Colegios, y de la Junta de Gobierno.

La Asamblea General estará constituida por todos los Colegiados que hayan satisfecho las cuotas establecidas reglamentariamente.

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