Legislación › Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes.
Artículo 19.
Artículo 19.
El gobierno de los Colegios Profesionales de Delineantes estará a cargo de la Asamblea General, Organo supremo de los Colegios, y de la Junta de Gobierno.
La Asamblea General estará constituida por todos los Colegiados que hayan satisfecho las cuotas establecidas reglamentariamente.


