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Legislación › Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes.

Artículo 6. Fines.

Artículo 6. Fines.

Constituyen fines esenciales de los Colegios Profesionales de Delineantes la ordenación del ejercicio de esta actividad profesional, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los Colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia que pudiera corresponder a la Administración Pública por razón de la relación funcionarial, así como de la específica que fuera atribuida a las Asociaciones o Centrales Sindicales en materia estrictamente de relaciones laborales con origen en contrato de trabajo.

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