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Legislación › Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

Disposición final.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de agosto de 1979 y la del 13 de junio de 1980. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final.
La presente Ley, a excepción de su artículo tercero y de su disposición adicional segunda, y los derechos económicos que en la misma se establecen entrarán en vigor el día primero uno del mes de agosto de mil novecientos ochenta y dos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de junio de 1980 En vigor BOE-A-1980-11883 Leer Qué cambió
15 de agosto de 1979 BOE-A-1979-20112 Leer Qué cambió
1 de febrero de 1979 Texto original Leer

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