LexTotal

Legislación › Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria 1.A) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. BOE-A-1984-17387

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de agosto de 1984 En vigor BOE-A-1984-17387 Leer Qué cambió
1 de febrero de 1979 Texto original Leer

← Disposición adicional primera Índice Disposición derogatoria →