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Legislación › Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones.

Artículo 27.

Artículo 27.

Fijará, de acuerdo con la Junta administrativa, los sueldos y jornales de empleados y obreros y revisará las nóminas y listas de los devengos de estos que redacte el Contador.

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