Legislación › Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones.
Artículo 27.
Artículo 27.
Fijará, de acuerdo con la Junta administrativa, los sueldos y jornales de empleados y obreros y revisará las nóminas y listas de los devengos de estos que redacte el Contador.


