Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.
Art. 13.
Art. 13.
Con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, el Secretario general presentará en la sesión del Pleno de la Academia del mes de octubre relación de los Académicos que deben pasar automáticamente a la situación de Académicos supernumerarios.


