Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.
Art. 36.
Art. 36.
Fuera del curso académico, el despacho de los asuntos urgentes queda a cargo del Presidente o de la Junta directiva y, en su defecto, de los Académicos que permanezcan en Madrid.


