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Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.

Art. 36.

Art. 36.

Fuera del curso académico, el despacho de los asuntos urgentes queda a cargo del Presidente o de la Junta directiva y, en su defecto, de los Académicos que permanezcan en Madrid.

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