Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.
Art. 37.
Art. 37.
La Academia se divide en tres Secciones, compuestas del mismo número de Académicos numerarios:
Ciencias Exactas.
Ciencias Físicas y Química.
Ciencias Naturales.
Los Académicos correspondientes nacionales serán adscritos, también en igual número, a las tres Secciones.
Las Secciones se reunirán por lo menos una vez al mes para tratar los asuntos científicos y administrativos propios de su competencia.


