Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.
Art. 9.º
Art. 9.º
Los correspondientes extranjeros se elegirán entre los científicos que, no siendo españoles, se hayan distinguido en el cultivo de cualquiera de las Ciencias de que se ocupa la Academia.


