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Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.

Art. 9.º

Art. 9.º

Los correspondientes extranjeros se elegirán entre los científicos que, no siendo españoles, se hayan distinguido en el cultivo de cualquiera de las Ciencias de que se ocupa la Academia.

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