Legislación › Ley 84/1978, de 28 de diciembre, por la que se regula la tasa por expedición del Documento Nacional de Identidad.
Artículo quinto. Sujeto pasivo.
Artículo quinto. Sujeto pasivo.
Quedan obligados al pago de la tasa quienes obtengan o renueven el Documento Nacional de Identidad.


