Legislación › Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.
Articulo quinto.
Articulo quinto.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 38/2002, de 24 de octubre. BOE-A-2002-20823
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de abril de 2003 En vigor | BOE-A-2002-20823 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 1979 | Texto original | Leer |


