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Legislación › Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española.

Artículo 27.

Artículo 27.

En caso de nombramiento de varios colegiados para un mismo trabajo, los honorarios devengados se repartirán a partes iguales al número de ellos, a menos que se especifique otro acuerdo en el documento visado.

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