Legislación › Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Artículo ciento nueve.
Artículo ciento nueve.
Se aplicarán al contrato de seguro las normas generales de Derecho internacional privado en materia de obligaciones contractuales, en lo no previsto en los artículos 107 y 108.
Se modifica por la disposición adicional 6.7 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre. BOE-A-1995-24262
Se añade por el art. 3.6 de la Ley 21/1990, de 19 de diciembre. BOE-A-1990-30736
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de noviembre de 1995 En vigor | BOE-A-1995-24262 | Leer | Qué cambió |
| 21 de diciembre de 1990 | BOE-A-1990-30736 | Leer |
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