LexTotal

Legislación › Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

Artículo ciento nueve.

Artículo ciento nueve.

Se aplicarán al contrato de seguro las normas generales de Derecho internacional privado en materia de obligaciones contractuales, en lo no previsto en los artículos 107 y 108.

Se modifica por la disposición adicional 6.7 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre. BOE-A-1995-24262

Se añade por el art. 3.6 de la Ley 21/1990, de 19 de diciembre. BOE-A-1990-30736

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de noviembre de 1995 En vigor BOE-A-1995-24262 Leer Qué cambió
21 de diciembre de 1990 BOE-A-1990-30736 Leer

← Artículo ciento ocho Índice Disposición adicional primera →