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Legislación › Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

Artículo veintiuno.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de mayo de 1992 y la del 19 de julio de 2006. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo veintiuno.
(Párrafo primero derogado)
Las comunicaciones efectuadas por un agente libre corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las la realizara el propio tomador, salvo indicación en contrario de éste.
En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de julio de 2006 En vigor BOE-A-2006-12916 Leer Qué cambió
3 de mayo de 1992 BOE-A-1992-9441 Leer Qué cambió
17 de abril de 1981 Texto original Leer

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