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Legislación › Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio, por el que se regula el trabajo del personal civil no funcionario en los establecimientos militares.

Anexo 5-B

ANEXO NÚMERO 5-B

CLASIFICACIÓN POR NIVELES

(a efectos de retribuciones complementarias)

Nivel 1

Ingeniero Superior.

Licenciado.

Profesor de Enseñanza Universitaria.

Profesor de Bachillerato.

Capitán de Barco.

Nivel 2

Ingeniero Técnico.

Ayudante Técnico Sanitario.

Profesor de EGB.

Piloto con Mando.

Oficial de Barco.

Maquinista de Primera.

Nivel 3

Ayudante de Obras.

Jefe de Taller.

Jefe de Primera Administrativo.

Jefe de Taller de Mantenimiento.

Operador Mayor.

Maquinista de Segunda.

Maquinista de Tercera y Cuarta.

Radiotelegrafista.

Jefe de Cocina de Primera.

Nivel 4

Delineante de Primera y Proyectista.

Maestro de Taller.

Jefe de Segunda Administrativo.

Jefe de Sección Laboratorio.

Maestro de Taller Mantenimiento.

Jefe de Cocina de Segunda.

Nivel 5

Técnico de Organización de Primera.

Fotógrafo.

Encargado.

Oficial de Primera Administrativo.

Traductor de Primera.

Analista de Primera.

Operador de Primera de Comunicaciones.

Patrón de Cabotaje de Primera.

Cocinero de Primera.

Oficial de Primera Mantenimiento.

Nivel 6

Delineante de Segunda.

Técnico de Organización de Segunda.

Archivero.

Capataz Especialista.

Capataz Peones.

Oficial de Segunda Administrativo.

Traductor de Segunda.

Oficial de Primera Oficios Varios.

Mecánico de Primera.

Conductor Mecánico.

Analista de Segunda.

Oficial de Segunda Mantenimiento.

Operador de Segunda.

Patrón de Cabotaje de Segunda.

Mecánico Naval de Segunda.

Buzo.

Cocinero de Segunda.

Nivel 7

Subalterno de Primera.

Oficiales de Segunda y Tercera de Oficios Varios.

Conductor.

Auxiliar Sanitario.

Mecánico de Segunda Mantenimiento.

Cocinero de Tercera.

Nivel 8

Calcador.

Auxiliar de Organización.

Reproductor de Fotografía.

Auxiliar Administrativo.

Subalterno de Segunda.

Especialista.

Peón.

Limpiadora.

Auxiliar de Laboratorio.

Auxiliar Archivero.

Mozo de Clínica

Auxiliar de Comunicaciones.

Marinero.

Telefonista.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 255, de 23 de octubre de 1980. BOE-A-1980-22958.

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