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Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio, por el que se regula el trabajo del personal civil no funcionario en los establecimientos militares.

En vigor Presidencia del Gobierno · Publicada el 18 de octubre de 1980 · Último cambio el 26 de julio de 1983 · Ver en el BOE

Índice

  1. preambulo
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Sección I
  6. Artículo primero. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo segundo. Exclusiones.
  8. Sección II
  9. Artículo tercero. Principios generales.
  10. Artículo cuarto. Derechos laborales.
  11. Artículo quinto. Deberes laborales.
  12. Sección III
  13. Artículo sexto. Trabajo de los menores.
  14. Artículo séptimo. Admisión y capacidad para contratar.
  15. Artículo octavo. Forma del contrato.
  16. Sección IV
  17. Artículo noveno. Modalidades básicas.
  18. Artículo diez. Trabajo en prácticas y para la formación.
  19. Artículo once. Trabajo a tiempo parcial.
  20. CAPÍTULO II
  21. Sección primera
  22. Artículo doce. Período de prueba.
  23. Artículo trece. Ingreso al trabajo.
  24. Artículo catorce. Requisitos formales.
  25. Artículo quince. Clasificación por la función.
  26. Sección segunda
  27. Artículo dieciséis. Cuadros numéricos.
  28. Artículo diecisiete. Cuadros de clasificación.
  29. Sección tercera
  30. Artículo dieciocho. Organización del trabajo.
  31. Artículo diecinueve. Dirección, movilidad y control de la actividad laboral.
  32. Artículo veinte. Pacto de permanencia en la Administración Militar.
  33. Sección cuarta
  34. Artículo veintiuno. Contrato de formación.
  35. Artículo veintidós. Promoción y Formación Profesional en el trabajo.
  36. Artículo veintitrés. Trabajos de superior e inferior categorías.
  37. Artículo veinticuatro. Ascensos.
  38. Artículo veinticinco. Promoción económica. Trienios.
  39. Sección quinta
  40. Artículo veintiséis. Del salario.
  41. Artículo veintisiete. Gratificaciones.
  42. Artículo veintiocho. Incentivos.
  43. Artículo veintinueve. Trabajos tóxicos, peligrosos o excepcionalmente penosos.
  44. Artículo treinta. Trabajo nocturno.
  45. Artículo treinta y uno. Liquidación y pago.
  46. Artículo treinta y dos. Gratificaciones de junio y Navidad.
  47. Sección sexta
  48. Artículo treinta y tres. Jornada laboral.
  49. Artículo treinta y cuatro. Horas extraordinarias.
  50. Artículo treinta y cinco. Descanso semanal y fiestas.
  51. Artículo treinta y seis. Permisos.
  52. Artículo treinta y siete. Vacaciones.
  53. CAPÍTULO III
  54. Sección Primera
  55. Artículo treinta y ocho. Clases de traslados.
  56. Artículo treinta y nueve. Traslado a solicitud del interesado.
  57. Artículo cuarenta. Traslado por necesidades del servicio.
  58. Artículo cuarenta y uno. Traslado por sanción.
  59. Sección Segunda
  60. Artículo cuarenta y dos. Desplazamientos temporales.
  61. Artículo cuarenta y tres. Permutas.
  62. Artículo cuarenta y cuatro. Modificación de las condiciones de trabajo.
  63. Sección Tercera
  64. Artículo cuarenta y cinco. Causas y efectos de la suspensión.
  65. Artículo cuarenta y seis. Excedencias.
  66. Artículo cuarenta y siete. Excedencia voluntaria.
  67. Artículo cuarenta y ocho. Excedencia forzosa.
  68. Sección Cuarta
  69. Artículo cuarenta y nueve. Extinción del contrato.
  70. Artículo cincuenta. Extinción por renuncia del trabajador.
  71. Artículo cincuenta y uno. Extinción por jubilación del trabajador.
  72. Artículo cincuenta y dos. Extinción por voluntad del trabajador.
  73. Artículo cincuenta y tres. Extinción por supresión o reducción de cuadros numéricos.
  74. Artículo cincuenta y cuatro. Extinción del contrato por causas objetivas.
  75. Artículo cincuenta y cinco. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas.
  76. CAPÍTULO IV
  77. Artículo cincuenta y seis. Seguridad Social.
  78. Artículo cincuenta y siete. Higiene y Seguridad en el trabajo.
  79. CAPÍTULO V
  80. Sección primera
  81. Artículo cincuenta y ocho. Norma general.
  82. Artículo cincuenta y nueve. Motivos de premio.
  83. Artículo sesenta. Clases de premios.
  84. Artículo sesenta y uno. Normas para la concesión.
  85. Artículo sesenta y dos. Modo de recompensarlos.
  86. Sección Segunda
  87. Artículo sesenta y tres. Concepto y clasificación.
  88. Artículo sesenta y cuatro. Normas de carácter general.
  89. Artículo sesenta y cinco. Clases de sanciones.
  90. Artículo sesenta y seis. Procedimiento sancionador.
  91. Artículo sesenta y siete. Despido disciplinario.
  92. Artículo sesenta y ocho. Recurso en materia de sanciones.
  93. Artículo sesenta y nueve. Anotación y cancelación.
  94. CAPÍTULO VI
  95. Sección única
  96. Artículo setenta
  97. Artículo setenta y uno. Prescripción de infracciones y faltas.
  98. CAPÍTULO VII
  99. Sección única
  100. Artículo setenta y dos. Vía administrativa.
  101. Artículo setenta y tres. Procedimiento laboral.
  102. CAPÍTULO VIII
  103. Sección primera
  104. Artículo setenta y cuatro. De la Sección Laboral Central.
  105. Artículo setenta y cinco. De las Secciones Laborales de los Cuarteles Generales.
  106. Sección Segunda
  107. Artículo setenta y seis. Composición y funciones.
  108. CAPÍTULO IX
  109. Artículo setenta y siete. Autoridad Laboral en las FAS.
  110. TÍTULO II
  111. CAPÍTULO I
  112. Sección Primera
  113. Artículo setenta y ocho. Participación.
  114. Artículo setenta y nueve. Delegados de personal.
  115. Artículo ochenta. Comités de Establecimientos.
  116. Artículo ochenta y uno. Comité General de Trabajadores de la Administración Militar.
  117. Artículo ochenta y dos. Sigilo profesional.
  118. Artículo ochenta y tres. Salvaguarda de intereses superiores de la Defensa Nacional.
  119. Sección Segunda
  120. Artículo ochenta y cuatro. Elección y mandato.
  121. Artículo ochenta y cinco. Garantías.
  122. Sección Tercera
  123. Artículo ochenta y seis. Electores y elegibles.
  124. Artículo ochenta y siete. Elección para Delegados.
  125. Artículo ochenta y ocho. Elección para el Comité de Establecimiento.
  126. Artículo ochenta y nueve. Mesa electoral.
  127. Artículo noventa. Funciones de la Mesa.
  128. Artículo noventa y uno. Votación para delegados y comités de Establecimiento.
  129. Artículo noventa y dos. Reclamaciones en materia electoral.
  130. CAPÍTULO II
  131. Sección única
  132. Artículo noventa y tres. Del derecho a reunirse en Asamblea.
  133. Artículo noventa y cuatro. Convocatoria.
  134. Artículo noventa y cinco. Lugar y desarrollo de la reunión.
  135. Artículo noventa y seis. Votaciones.
  136. Artículo noventa y siete. Locales y tablón de anuncios.
  137. TÍTULO III
  138. CAPÍTULO I
  139. Artículo noventa y ocho. Contenido.
  140. Artículo noventa y nueve. De las peticiones colectivas.
  141. CAPÍTULO II
  142. Artículo cien. Peticiones colectivas.
  143. Artículo ciento uno. Negociación.
  144. Artículo ciento dos. Tribunal Arbitral.
  145. Disposición adicional primera.
  146. Disposición adicional segunda.
  147. Disposición transitoria primera.
  148. Disposición transitoria segunda.
  149. Disposición transitoria tercera.
  150. Disposición transitoria cuarta.
  151. Disposición final primera.
  152. Disposición final segunda.
  153. Disposición final tercera.
  154. Firma
  155. Anexo 1
  156. Anexo 2
  157. Anexo 3
  158. Anexo 4
  159. Anexo 5-A
  160. Anexo 5-B
  161. [Información relacionada]