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Legislación › Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio, por el que se regula el trabajo del personal civil no funcionario en los establecimientos militares.

Artículo cincuenta y uno. Extinción por jubilación del trabajador.

Artículo cincuenta y uno. Extinción por jubilación del trabajador.

El personal causará baja forzosa al cumplir los sesenta y nueve años.

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