Legislación › Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio, por el que se regula el trabajo del personal civil no funcionario en los establecimientos militares.
Artículo cincuenta y uno. Extinción por jubilación del trabajador.
Artículo cincuenta y uno. Extinción por jubilación del trabajador.
El personal causará baja forzosa al cumplir los sesenta y nueve años.


