Legislación › Ley 70/1980, de 16 de diciembre, por la que se modifican las fechas de referencia para la formación de los Censos Generales de la Nación y de renovación del Padrón Municipal de Habitantes.
Artículo tercero.
Artículo tercero.
Por el Ministerio de Economía y Hacienda se dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de lo que en la presente Ley se dispone.
Se modifica por la disposición adicional 16.3 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30155.
Se deroga por la disposición derogatoria 1.5 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. BOE-A-1986-9865.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1999 En vigor | BOE-A-1998-30155 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 1986 | BOE-A-1986-9865 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 1980 | Texto original | Leer |


