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Legislación › Real Decreto 485/1980, de 22 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y resarcimiento por daños a los bienes de los miembros del Instituto de la Guardia Civil.

Artículo tercero.

Artículo tercero.

La competencia para ordenar la instrucción de expedientes administrativos por daños en los bienes públicos citados en el artículo primero corresponderá a los Jefes de Zona u órgano de nivel similar del Cuerpo, los cuales, si procede, nombrarán Instructor que sea de Cuerpo, Centro o Dependencia distintos y de mayor grado o más antiguo que el presunto responsable administrativo.

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