Legislación › Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado.
Artículo diez.
Artículo diez.
Uno. El Secretario general será nombrado por Real Decreto entre los Letrados Mayores, a propuesta de la Comisión Permanente aprobada por el Pleno.
Dos. Asistirá, con voz pero sin voto, a las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y de la Comisión de Estudios.
Se modifica por el art. único.7 de la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2004-21762.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2004 En vigor | BOE-A-2004-21762 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 1980 | Texto original | Leer |


