LexTotal

Legislación › Orden de 10 de abril de 1980 por la que se aprueba el Reglamento para el Suministro y Venta de Carburantes y Combustibles Líquidos objeto del Monopolio de Petróleos.

Art. 80.

Art. 80.

Todo transporte a granel de carburantes y combustibles, objeto de este Reglamento, entendiéndose por tal el efectuado por camiones cisterna o contenedores, será realizado como norma general, por CAMPSA utilizando sus propios medios de transporte o los de su Servicio de Distribución, o por los revendedores autorizados dentro de su demarcación. Únicamente en casos especialmente justificados podrá autorizarse a particulares para que realicen tales transportes, facilitándoseles por CAMPSA, a tal efecto, le correspondiente Guía de Circulación.

← Art 79 Índice Art 81 →