Legislación › Acuerdo de 10 de octubre de 1980 acerca de la aplicación del Impuesto sobre Sociedades a las Entidades eclesiásticas elaborado por la Comisión Técnica Iglesia-Estado español, en cumplimiento del Acuerdo sobre asuntos económicos entre España y la Santa Sede de 4 de diciembre de 1979.
Tercera. Aplicación temporal.
Tercera. Aplicación temporal.
Las Entidades a que se refiere el número 1 del artículo IV del Acuerdo sobre asuntos económicos con la Santa Sede de 3 de enero de 1979 están sujetas al Impuesto sobre Sociedades por los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 1979.


