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Legislación › Ley 4/1980, de 16 de diciembre de 1980, de creación del Instituto Catalán del Suelo.

Artículo doce.

Artículo doce.

1. La contratación del Instituto Catalán del Suelo se rige por la legislación sobre contratación del sector público. Los negocios y contratos excluidos de esta legislación se rigen por su legislación específica.

2 a 6. (Derogados).

Se derogan los apartados 2, 2.bis y 3 a 6 por el art. 116.3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Se añade el apartado 2 bis y se modifican los apartados 3 y 4 por el art. 150.2 y 3 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

Se modifica por el art. 74.5 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. BOE-A-2012-4730.

 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4730 Leer Qué cambió
17 de diciembre de 1980 Texto original Leer

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