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Legislación › Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.

Artículo 1.

Artículo 1.

1. Las Instituciones Penitenciarias, que se regulan en la Ley Orgánica General Penitenciaria, y en el presente Reglamento, tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.

2. También tienen a su cargo las Instituciones Penitenciarias una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados, así como para sus familiares, en colaboración con las instituciones y asociaciones públicas y privadas dedicadas a tales fines.

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