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Legislación › Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.

Artículo 21.

Artículo 21.

Los internos, al dirigirse a los funcionarios o al ser requeridos por éstos u otras personas relacionadas con los servicios del Establecimiento, se presentarán en forma correcta, guardando el respeto y consideración debidos a los mismos.

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