Legislación › Instrumento de Ratificación de 12 de marzo de 1981 del Convenio entre España y la República Socialista de Checoslovaquia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Madrid el 8 de mayo de 1980.
Artículo 27. Agentes diplomáticos y funcionarios consulares.
Artículo 27. Agentes diplomáticos y funcionarios consulares.
Las disposiciones del presente Convenio no afectarán a los privilegios fiscales que disfrutan los funcionarios diplomáticos o consulares de conformidad con las normas generales del derecho internacional o en virtud de acuerdos especiales.


