Legislación › Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
Se autoriza al Ministro de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social para acordar la integración en el Instituto Nacional de la Salud del personal sanitario y no sanitario que preste sus servicios en los establecimientos sanitarios del Instituto Social de la Marina, en los términos y condiciones que estime procedentes.
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