Legislación › Ley 75/1980, de 26 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Biólogos.
Artículo segundo.
Artículo segundo.
En el supuesto de que existan varios Colegios de Biológos, deberá establecerse un Consejo General de los mismos.
Legislación › Ley 75/1980, de 26 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Biólogos.
Artículo segundo.
En el supuesto de que existan varios Colegios de Biológos, deberá establecerse un Consejo General de los mismos.
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